Resumen :
¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital (IMV)?
El Ingreso Mínimo Vital, conocido también como IMV, es una prestación económica no contributiva gestionada por la Seguridad Social en España. Su finalidad es garantizar un nivel mínimo de renta a las personas y unidades de convivencia que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, y que no alcanzan los ingresos mínimos necesarios para cubrir sus necesidades básicas. Desde su creación, el IMV se ha consolidado como un pilar de la protección social, especialmente en contextos donde los ingresos irregulares o insuficientes afectan de forma estructural a los hogares.
El IMV está dirigido tanto a personas solas como a unidades de convivencia formadas por varios miembros, incluyendo adultos y menores. La cuantía varía en función del número de integrantes del hogar, la edad de los menores a cargo, el grado de discapacidad, y otras situaciones específicas como la monoparentalidad o el acogimiento familiar permanente. Para calcular el derecho a la prestación ingreso mínimo vital, se toma como referencia la renta garantizada correspondiente al tipo de hogar y se compara con los ingresos anuales percibidos en el ejercicio anterior.
A diferencia de otras ayudas, el IMV no exige haber cotizado previamente, lo que lo convierte en una herramienta accesible a personas que han agotado otras prestaciones o que nunca han tenido empleo formal. Está pensado como una prestación estructural, no como una ayuda puntual, y puede mantenerse durante varios años si se siguen cumpliendo los requisitos económicos y sociales establecidos por la normativa.
El ingreso mínimo vital forma parte de una estrategia más amplia impulsada por el Ministerio de Inclusión para luchar contra la pobreza severa y reducir la desigualdad. Además de la prestación económica, el IMV busca favorecer la inclusión activa de los beneficiarios mediante programas de formación, inserción laboral y apoyo social en colaboración con entidades como la Cruz Roja.
En 2025, el IMV sigue siendo una ayuda esencial para muchas personas residentes en España, tanto nacionales como extranjeras con residencia legal acreditada mediante DNI o NIE. Este derecho está sujeto a evaluación periódica, y su acceso depende del cumplimiento de condiciones claras y verificables, orientadas a proteger a los hogares con bajos ingresos y con cargas familiares elevadas.
Requisitos para acceder al Ingreso Mínimo Vital
Para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV), es necesario cumplir una serie de condiciones que varían en función de la edad, la situación administrativa, la composición de la unidad de convivencia y los recursos económicos disponibles. Estos requisitos permiten garantizar que la prestación del ingreso mínimo vital llegue a quienes realmente se encuentran en situación de vulnerabilidad económica. A continuación se detallan los principales criterios establecidos en 2025.
IMV: Requisitos de edad y residencia legal
Para solicitar el ingreso mínimo vital como titular, la persona debe tener al menos 23 años o ser mayor de edad con menores a cargo. También se permite el acceso desde los 18 años en casos especiales, como quienes viven fuera del hogar de origen tras haber estado bajo medida de protección, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Además, se exige tener residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos el año anterior a la presentación de la solicitud. Este requisito se aplica tanto a ciudadanos españoles como a personas extranjeras con residencia legal, acreditada mediante DNI o NIE. No se consideran ausencias del territorio español aquellas justificadas por causas médicas, laborales u otras circunstancias específicas autorizadas por la Seguridad Social.
Requisitos económicos y de patrimonio para el IMV
El IMV está destinado a personas o unidades de convivencia cuyos ingresos y patrimonio no superan los límites establecidos por la normativa. Para calcular el derecho a la prestación, se toma como referencia la renta neta anual del año anterior. Esta renta se compara con el umbral de renta garantizada fijado según el número de miembros y la situación de la unidad.
En 2025, una persona adulta sola sin menores a cargo puede acceder al IMV si sus ingresos anuales están por debajo de aproximadamente 7 906 euros. Este umbral se incrementa progresivamente en función del número de adultos y menores convivientes. Además de los ingresos, también se valora el patrimonio neto, excluyendo la vivienda habitual. Si se supera el límite patrimonial, no se puede acceder a la prestación del ingreso mínimo vital.
Estos criterios económicos deben cumplirse tanto en el momento de la solicitud como a lo largo del tiempo, ya que la Seguridad Social realiza revisiones periódicas para verificar que se mantiene la situación de vulnerabilidad.
Composición de la unidad de convivencia
La unidad de convivencia es el conjunto de personas que residen en el mismo domicilio y comparten gastos. Puede estar formada por un adulto solo, una pareja, un adulto con menores, o varias generaciones conviviendo juntas. El ingreso mínimo vital reconoce esta diversidad familiar y adapta la cuantía de la prestación según la composición del hogar.
Para que una unidad de convivencia sea reconocida, sus miembros deben haber convivido al menos durante los seis meses anteriores a la solicitud, salvo en situaciones excepcionales como separaciones recientes, violencia de género, desahucios o trámites de adopción. Todos los miembros deben residir legalmente en España, estar empadronados en el mismo domicilio y no formar parte de otra solicitud de IMV.
La definición de la unidad de convivencia es clave, ya que influye directamente en los umbrales de renta garantizada, en la cuantía del IMV y en la evaluación de los requisitos económicos. El simulador IMV tiene en cuenta estas configuraciones para ofrecer una estimación ajustada a cada caso real.
IMV y situaciones especiales: monoparentalidad, discapacidad, acogimiento
El ingreso mínimo vital contempla incrementos y ajustes específicos para unidades de convivencia que se encuentran en situaciones especiales. Entre ellas se incluyen los hogares monoparentales, aquellos en los que hay personas con discapacidad y los casos de menores en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
Los hogares formados por un solo adulto con uno o más menores a cargo pueden beneficiarse de un complemento por monoparentalidad, siempre que se acredite la condición mediante el libro de familia o resolución judicial. En el caso de personas con discapacidad igual o superior al 65 %, la cuantía del IMV puede aumentar, al igual que en unidades en las que existan víctimas de trata de seres humanos, explotación sexual o violencia de género.
El sistema también reconoce las situaciones derivadas del acogimiento familiar y la protección de menores. Las personas responsables de menores acogidos pueden integrar esos menores en su unidad de convivencia a efectos de solicitud del IMV, siempre que se cumplan las condiciones de convivencia, empadronamiento y vínculo legal.
¿Cuál es el importe del Ingreso Mínimo Vital?
El importe del Ingreso Mínimo Vital varía en función de varios factores: el número de personas que integran la unidad de convivencia, la presencia de menores, la situación del hogar (monoparental, discapacidad, acogimiento), así como los ingresos previos de los miembros de la familia. El objetivo del IMV es garantizar una renta mínima mensual que permita cubrir las necesidades básicas de los hogares en situación de vulnerabilidad económica. Las cuantías que se presentan en este artículo están actualizadas para el año 2025.
Cuantías básicas del IMV según adultos y menores
En 2025, la renta garantizada para una persona adulta sola sin ingresos se establece en 658,81 euros mensuales. A partir de esta base, se aplican incrementos según el número de adultos y menores que conviven en el mismo domicilio. A continuación se muestran las cuantías mensuales por tipo de unidad de convivencia no monoparental:
Unidad de convivencia (no monoparental) | Cuantía mensual 2025 |
---|---|
1 adulto | 658,81 € |
1 adulto y 1 menor | 858,21 € |
1 adulto y 2 menores | 1.057,61 € |
1 adulto y 3 o más menores | 1.257,01 € |
2 adultos | 858,21 € |
2 adultos y 1 menor | 1.057,61 € |
2 adultos y 2 menores | 1.257,01 € |
2 adultos y 3 o más menores | 1.456,41 € |
3 adultos | 1.057,61 € |
3 adultos y 1 menor | 1.257,01 € |
3 adultos y 2 o más menores | 1.456,41 € |
4 adultos | 1.257,01 € |
4 adultos y 1 o más menores | 1.456,41 € |
5 o más adultos | 1.456,41 € |
En los hogares monoparentales, donde un solo adulto tiene menores a cargo, se aplican cuantías diferentes que incluyen un complemento específico:
Unidad de convivencia (monoparental) | Cuantía mensual 2025 |
---|---|
1 adulto y 1 menor | 859,47 € |
1 adulto y 2 menores | 1 079,76 € |
1 adulto y 3 o más menores | 1 300,06 € |
Estas cuantías representan el umbral de renta garantizada que la Seguridad Social toma como referencia para calcular si una unidad de convivencia tiene derecho al IMV y en qué importe. Cuanto mayor es el número de adultos o menores, más alta es la cuantía asignada, siempre dentro de los límites previstos por la normativa.
Incrementos del IMV aplicables en 2025
Además de la cuantía básica, existen incrementos adicionales que se aplican en determinadas situaciones. En 2025, el IMV contempla:
- Un complemento por monoparentalidad de 122,49 euros mensuales para familias formadas por un adulto y al menos un menor a cargo.
- Un complemento por discapacidad igual o superior al 65 % en cualquiera de los miembros de la unidad de convivencia.
- Incrementos por acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
- Aumentos en caso de víctimas de trata de seres humanos, explotación sexual o violencia de género.
Estos incrementos se suman a la cuantía base y permiten adaptar la prestación a situaciones de especial vulnerabilidad. El importe final del IMV se calcula teniendo en cuenta todos estos factores al momento de presentar la solicitud.
Simulación del IMV: cómo estimar la cuantía que te corresponde
Para conocer el importe estimado del IMV antes de iniciar el trámite, es recomendable utilizar un simulador oficial o autorizado. El simulador IMV de la Seguridad Social permite realizar una estimación rápida sin necesidad de identificarse. También es posible hacer la simulación en la plataforma de WIZBII, en menos de cinco minutos.
Durante la simulación del IMV, se deben introducir datos como el número de adultos y menores, el tipo de unidad de convivencia, los ingresos netos anuales del hogar, la presencia de situaciones especiales y la residencia en España. El sistema calcula si se supera o no el umbral de renta garantizada y muestra el importe mensual estimado, expresado en euros.
Aunque el resultado de la simulación del ingreso minimo vital no tiene valor legal, sirve como orientación para saber si es conveniente presentar una solicitud. Esta herramienta ayuda también a preparar mejor la documentación y a evitar errores administrativos que puedan retrasar la concesión de la prestación.
¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
Solicitar el Ingreso Mínimo Vital es un paso clave para acceder a esta ayuda económica destinada a garantizar una renta mínima a los hogares en situación de vulnerabilidad. Para que el proceso sea efectivo, es importante conocer cuándo y cómo se puede presentar la solicitud, así como preparar correctamente la documentación exigida. A continuación se detallan las principales vías y requisitos del procedimiento en 2025.
¿Cuándo se puede presentar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital?
La solicitud del IMV puede presentarse en cualquier momento del año. No existe un plazo específico limitado a una campaña concreta, lo que permite a los posibles beneficiarios iniciar el trámite en cuanto reúnan los requisitos. Esta flexibilidad es especialmente importante para los hogares cuya situación económica ha cambiado de forma repentina, por ejemplo tras una pérdida de empleo o una ruptura familiar.
No obstante, es recomendable presentar la solicitud del IMV tan pronto como se cumplan las condiciones de acceso, ya que el derecho al cobro se reconoce a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de presentación. En otras palabras, cuanto antes se formalice la solicitud, antes se podrá empezar a recibir la ayuda, siempre que sea aprobada.
Canales para solicitar el IMV: online, presencial y por correo
Existen varios canales habilitados por la Seguridad Social para solicitar el ingreso mínimo vital, pensados para facilitar el acceso a todo tipo de hogares, incluidos aquellos con dificultades tecnológicas.
- Vía online: A través del portal de la Seguridad Social, utilizando certificado digital, DNI electrónico o sistema Cl@ve. También es posible realizar la solicitud sin identificación digital, mediante un formulario simplificado que requiere aportar la documentación escaneada.
- Vía presencial: En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), con cita previa. Esta opción es adecuada para personas que necesitan asistencia directa para completar el proceso o entregar la documentación físicamente.
- Por correo ordinario: Enviando el formulario de solicitud cumplimentado y la documentación correspondiente a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que corresponda según el domicilio del solicitante.
En todos los casos, se recomienda conservar una copia del resguardo de presentación, ya que este documento acredita la fecha de inicio del expediente y puede ser útil en caso de reclamaciones o demoras.
Documentación necesaria para la solicitud del IMV y plazos de respuesta
Para que la solicitud del ingreso mínimo vital sea válida, es imprescindible presentar la documentación que acredite el cumplimiento de todos los requisitos. Entre los documentos más habituales figuran:
- Documento de identidad (DNI o NIE) de todos los miembros de la unidad de convivencia.
- Certificado de empadronamiento conjunto que acredite la convivencia.
- Libro de familia o documento equivalente que demuestre los vínculos familiares.
- Justificantes de ingresos y patrimonio del año anterior (declaración de la renta o certificado negativo).
- En caso de situaciones especiales: certificados de discapacidad, resoluciones judiciales de acogimiento, informes de violencia de género o trata, entre otros.
Una vez presentada la solicitud completa, la Seguridad Social dispone de un plazo de hasta seis meses para emitir una resolución. Si pasado este tiempo no se ha recibido respuesta, se entiende que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo negativo, lo que permite interponer un recurso si se considera injustificado.
Para evitar rechazos por falta de documentación o errores en el formulario, es aconsejable realizar previamente una simulación del IMV y revisar bien todos los datos antes del envío. En caso de duda, se puede acudir a los servicios sociales municipales o a organizaciones especializadas para recibir apoyo durante el proceso.
Pago del IMV: duración, frecuencia y revisión
Una vez aprobada, la prestación del Ingreso Mínimo Vital se abona de forma periódica y con carácter continuado mientras se mantengan los requisitos exigidos. Sin embargo, el derecho al cobro del IMV puede estar sujeto a revisiones, suspensiones o incluso extinciones, dependiendo de la evolución de la situación económica y familiar del beneficiario. Esta sección detalla cómo se efectúa el pago, durante cuánto tiempo se puede percibir y en qué casos se puede perder el derecho a la ayuda.
Frecuencia y forma de pago
El ingreso mínimo vital se paga con una periodicidad mensual, generalmente dentro de los primeros días hábiles de cada mes. El abono se realiza mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el titular de la solicitud. Es imprescindible que la cuenta esté a nombre del solicitante o de uno de los miembros de la unidad de convivencia.
La cuantía mensual corresponde al importe aprobado por la Seguridad Social según la composición del hogar, el tipo de unidad de convivencia, los ingresos netos y, en su caso, los complementos aplicables. Esta cantidad puede variar a lo largo del año si se detectan cambios en los ingresos o en el número de personas convivientes.
Es importante recordar que la prestación es no retroactiva. El derecho al cobro se genera a partir del primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud, siempre que se cumplan los requisitos.
Duración del derecho al IMV y revisiones periódicas
A diferencia de otras ayudas sociales con duración limitada, el derecho al IMV no tiene un periodo cerrado. Se mantiene mientras se sigan cumpliendo las condiciones de acceso y no se supere el umbral de renta garantizada correspondiente a la unidad de convivencia.
No obstante, la Seguridad Social realiza revisiones periódicas, tanto automáticas como a instancia de parte, para verificar que la situación del beneficiario sigue siendo la misma. Estas revisiones se basan principalmente en los datos fiscales del ejercicio anterior, los movimientos del padrón municipal y la información declarada por el propio solicitante.
Además, cada año se deben comunicar posibles variaciones en los ingresos, cambios de domicilio, modificaciones en la composición familiar, o cualquier otro hecho que pueda afectar al derecho o a la cuantía de la prestación. Estas revisiones permiten ajustar el importe del IMV o, en su caso, determinar si se debe suspender temporalmente.
Causas de suspensión o extinción del IMV
El pago del Ingreso Mínimo Vital puede suspenderse de forma temporal o extinguirse de manera definitiva si se produce alguna de las siguientes situaciones:
- Superación del umbral de ingresos o patrimonio correspondiente a la unidad de convivencia.
- No presentación de documentación obligatoria durante una revisión o en los plazos establecidos.
- Cambio de residencia fuera de España sin causa justificada.
- Falsedad en los datos declarados o uso indebido de la prestación.
- Fallecimiento del titular de la ayuda, si no se puede mantener el derecho por otro miembro de la unidad.
- Renuncia voluntaria por parte del beneficiario.
En caso de suspensión, la prestación puede reactivarse si el hogar vuelve a reunir las condiciones necesarias. Sin embargo, si la causa conlleva extinción definitiva, será necesario presentar una nueva solicitud y comenzar el proceso desde el principio.
Para evitar interrupciones en el cobro del IMV, es fundamental mantener actualizados todos los datos personales, económicos y familiares, y responder a tiempo a los requerimientos de la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes sobre el IMV
El Ingreso Mínimo Vital sigue generando dudas entre muchas personas interesadas en solicitarlo o que ya lo perciben. A continuación se abordan algunas de las preguntas más frecuentes relacionadas con la compatibilidad del IMV con otras ayudas, los cambios de situación durante el año, la cotización a la jubilación o los pasos a seguir en caso de denegación.
¿Es compatible el IMV con otras ayudas o ingresos?
Sí, el ingreso mínimo vital puede ser compatible con otros ingresos, siempre que el total no supere el umbral de renta garantizada correspondiente a la unidad de convivencia. Por ejemplo, se puede percibir el IMV aunque algún miembro del hogar trabaje o reciba otra prestación económica, como el subsidio por desempleo, ayudas autonómicas o prestaciones por hijo a cargo.
No obstante, todos los ingresos deben ser declarados y se tienen en cuenta a la hora de calcular la cuantía final. Si la suma de ingresos supera los límites establecidos, el IMV puede reducirse o suspenderse temporalmente. También es compatible con ayudas para vivienda, becas educativas y otras subvenciones específicas, siempre que estas no se consideren ingresos regulares.
¿Qué pasa con el IMV si varía mi situación durante el año?
En caso de que la situación económica o familiar cambie a lo largo del año, es obligatorio comunicarlo a la Seguridad Social en un plazo máximo de 30 días. Esto incluye cambios como un nuevo empleo, pérdida de ingresos, separación, nacimiento de un hijo, fallecimiento de un miembro del hogar, o mudanza de domicilio.
El sistema revisará los nuevos datos y podrá ajustar el importe mensual del IMV o determinar si corresponde una suspensión o extinción del derecho. En muchos casos, una modificación puede suponer una reducción, pero también puede dar lugar a un incremento si la nueva situación refleja una mayor vulnerabilidad.
Para evitar errores o sanciones, es importante mantener siempre actualizada la información del hogar. Además, se recomienda volver a utilizar el simulador IMV tras cualquier cambio relevante, para anticipar el impacto en la cuantía de la prestación.
¿El IMV cotiza para la jubilación?
Sí, el ingreso mínimo vital cotiza a la Seguridad Social a efectos de jubilación, pero únicamente si el titular suscribe un convenio especial con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Este convenio permite que los años durante los cuales se percibe el IMV cuenten como periodo cotizado, siempre que se abone la cuota correspondiente, normalmente a cargo del beneficiario.
Además, si el titular del IMV participa en itinerarios de inserción laboral o formativa, es posible que ciertas administraciones públicas asuman el pago del convenio para facilitar la inclusión. Este aspecto puede resultar especialmente relevante para personas de edad avanzada que necesitan acumular años cotizados para acceder a una pensión contributiva.
En todo caso, es importante solicitar expresamente la suscripción del convenio, ya que no se activa de forma automática al recibir la prestación.
¿Qué hacer si me deniegan el IMV?
Si la solicitud del ingreso mínimo vital es denegada, la Seguridad Social debe comunicarlo mediante resolución motivada, indicando las causas concretas del rechazo. Las razones más frecuentes son la superación del umbral de ingresos, la falta de documentación, errores en el formulario o el incumplimiento de algún requisito.
Ante una denegación, existen varias opciones:
- Revisar cuidadosamente el motivo del rechazo y comprobar si es posible corregir algún error o aportar documentación adicional.
- Presentar una reclamación previa ante la Seguridad Social en un plazo de 30 días hábiles desde la notificación.
- Si la reclamación es rechazada o no se responde en el plazo legal, acudir a la vía judicial mediante una demanda ante la jurisdicción social.
También es posible volver a presentar una nueva solicitud del IMV si la situación del hogar ha cambiado o si ahora sí se cumplen los requisitos exigidos. En cualquier caso, se recomienda conservar toda la documentación y, si es necesario, contar con asesoramiento jurídico o social para preparar correctamente el recurso.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una herramienta esencial para proteger a los hogares con bajos ingresos y promover la inclusión social. Conocer bien los requisitos, las cuantías y el proceso de solicitud permite acceder más fácilmente a esta ayuda. Antes de presentar tu solicitud, no olvides utilizar un simulador IMV para estimar si cumples las condiciones y cuál podría ser la cuantía que te corresponde.