Prestación contributiva por desempleo

Ayudas al empleo Probar mi elegibilidad

La prestación contributiva por desempleo es una cobertura económica vinculada a las cotizaciones previas que sustituye temporalmente parte del salario tras un cese involuntario. En esta guía encontrarás precisamente qué es la prestación contributiva por desempleo, los requisitos de acceso, cómo se calcula la cuantía y cuánto dura, además de los pasos para solicitarla sin errores.

Resumen :

Prestación contributiva por desempleo: guía 2025

¿Qué es la prestación contributiva por desempleo?

La prestación contributiva por desempleo es una protección económica que sustituye temporalmente parte de tus ingresos cuando pierdes el trabajo de forma involuntaria. Se trata de una ayuda ligada a tus cotizaciones previas: para acceder es necesario estar en situación legal de desempleo, inscribirse y mantener activa la demanda de empleo, y cumplir el compromiso de actividad. Su finalidad es acompañarte durante la búsqueda de un nuevo empleo con una cobertura proporcional a lo que has cotizado.

A diferencia de otras ayudas asistenciales, la prestación contributiva por desempleo se calcula a partir de la base reguladora, que deriva de las bases de cotización de los últimos días trabajados. Esto significa que el importe y la duración reconocidos dependen de tu historial de cotización dentro del periodo de referencia: cuanto más tiempo cotizado acredites, mayor será el tiempo de percepción dentro de los límites legales, y el importe resultará de aplicar los porcentajes previstos sobre tu base reguladora. Si te preguntas la diferencia entre prestación contributiva y subsidio por desempleo, ten en cuenta que la prestación depende de tus cotizaciones y se calcula sobre la base reguladora, mientras que el subsidio es asistencial y exige límites de renta y otros requisitos específicos

En la práctica, la prestación contributiva por desempleo exige encadenar correctamente tres elementos: acreditar el cese por causas reconocidas, mantener la demanda de empleo al día y demostrar el período mínimo de cotización exigido. Durante la percepción, debes cumplir las obligaciones de renovación, acudir a citaciones y participar, cuando proceda, en acciones de orientación o formación. Si la prestación se agota y sigues en paro, podrás valorar las alternativas asistenciales siempre que cumplas los requisitos económicos correspondientes. En ese escenario, una opción relevante es el subsidio para mayores de 52 años, que permite cotizar para la jubilación mientras sigues buscando empleo, siempre que cumplas sus requisitos.

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Requisitos de acceso a la prestación contributiva

Situación legal de desempleo e inscripción como demandante de empleo

Para acceder a la prestación contributiva por desempleo debes encontrarte en situación legal de desempleo, es decir, haber cesado en el trabajo por causas reconocidas como fin de contrato, despido u otras situaciones previstas por la normativa. Además, es obligatorio inscribirse como demandante de empleo antes de solicitar la prestación y mantener la demanda activa durante todo el periodo de percepción. Esta inscripción implica aceptar el compromiso de actividad, acudir a citaciones, participar en acciones de orientación o formación cuando se te convoque y renovar la demanda en las fechas indicadas.

La administración comprobará que el cese es involuntario, que no existe incompatibilidad con otro trabajo a tiempo completo o con prestaciones incompatibles y que cumples las obligaciones derivadas de la demanda de empleo. Si se interrumpe la inscripción, si se rechaza una oferta adecuada sin causa justificada o si no se acude a una citación, la prestación contributiva por desempleo puede verse suspendida o incluso extinguida, por lo que conviene llevar un control estricto de renovaciones y comunicaciones.

Período mínimo de cotización para la prestación contributiva

La prestación contributiva por desempleo exige acreditar un mínimo de cotización dentro de un periodo de referencia.

Con carácter general, se necesita haber cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores al desempleo para abrir derecho. A partir de ese umbral, la duración reconocida aumenta en función del total de días cotizados según la escala legal, mientras que la cuantía se determinará en el cálculo específico de la base reguladora.

Para evitar incidencias, reúne antes de solicitar la prestación toda la información sobre tus periodos de ocupación cotizada, contratos y causas de cese. Si has tenido trabajos a tiempo parcial o intermitentes, revisa cómo se computan esos días a efectos de la prestación contributiva por desempleo. Con el periodo mínimo acreditado y la demanda de empleo en vigor, podrás tramitar la solicitud dentro de los plazos y con la documentación requerida.

 

Cuantía y cálculo de la prestación contributiva

Base reguladora: cómo se calcula con las bases de cotización

La cuantía de la prestación contributiva por desempleo se determina a partir de la base reguladora, que se obtiene calculando la media de las bases de cotización por contingencias de los últimos días trabajados dentro del periodo legal de referencia.

En términos prácticos, se toman las bases de los meses inmediatamente anteriores al cese y se promedian para fijar una base diaria sobre la que después se aplican los porcentajes previstos. Este método vincula directamente el importe a tu salario reciente, de modo que variaciones en jornada, pluses o cambios de contrato pueden influir en la cifra resultante; si has tenido contratos a tiempo parcial o periodos de inactividad, conviene revisar cómo computan y, si procede, solicitar la revisión.

A modo orientativo, si la media de bases equivale a 1 400 € mensuales, la prestación sería aproximadamente 980 € durante los primeros 180 días y 840 € desde el día 181, siempre dentro de los topes mínimos y máximos vigentes.

Porcentajes y topes de la prestación contributiva

Una vez fijada la base reguladora, se aplican los porcentajes legales: 70% durante los primeros 180 días y 60% desde el día 181 hasta el final del derecho.

Además, el resultado está sujeto a topes mínimos y máximos que dependen de circunstancias como la existencia de hijos a cargo y que se actualizan periódicamente. A modo orientativo, los máximos suelen situarse en el 175% del IPREM sin hijos, el 200% con un hijo y el 225% con dos o más; los mínimos, en el 80% del IPREM sin hijos y el 107% con hijos.

Estos límites garantizan que la prestación no quede por debajo de una cuantía mínima de referencia ni supere un máximo, incluso cuando la base reguladora sea muy baja o muy elevada. En la práctica, esto significa que dos personas con bases distintas pueden terminar cobrando importes iguales si alcanzan alguno de los topes.

Recuerda que sobre la prestación se aplican las retenciones y cotizaciones que correspondan y que cualquier cambio en tu situación familiar o laboral debe comunicarse, ya que puede afectar a la cuantía final reconocida.

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Duración de la prestación contributiva por desempleo

Tabla de días cotizados y meses de prestación reconocida

Días cotizados

Días de prestación reconocida

Meses orientativos

360–539

120

4

540–719

180

6

720–899

240

8

900–1.079

300

10

1.080–1.259

360

12

1.260–1.439

420

14

1.440–1.619

480

16

1.620–1.799

540

18

1.800–1.979

600

20

1.980–2.159

660

22

≥ 2.160

720

24

Esta escala permite anticipar cuántos meses de prestación contributiva por desempleo corresponden según el historial de cotización acumulado. Recuerda que la tabla muestra valores orientativos y que la duración final reconocida dependerá del cómputo exacto de días cotizados dentro del periodo de referencia.

Agotamiento, reanudación y conservación del derecho a la prestación

El derecho se agota cuando se consumen los días reconocidos según la escala anterior o cuando concurre una causa legal de extinción.

Si durante la percepción se inicia un trabajo que no da lugar a incompatibilidad total, la prestación puede quedar suspendida y reanudarse al finalizar ese empleo siempre que sigan cumpliéndose los requisitos. Como regla general, si el trabajo realizado mientras la prestación está suspendida dura menos de 360 días, al terminar podrás reactivar la prestación pendiente por el tiempo que reste; si alcanza 360 días o más, podrás optar entre reanudar lo que quedaba o iniciar un nuevo derecho generado por las nuevas cotizaciones, según te resulte más conveniente. La conservación del derecho exige mantener la inscripción como demandante de empleo, renovar en plazo y comunicar cualquier cambio que pueda afectar al reconocimiento o a la cuantía. Cuando se produce el agotamiento definitivo y persiste la situación de desempleo, es habitual valorar el paso al subsidio por desempleo si se cumplen el límite de rentas y, en su caso, las condiciones familiares exigidas.

En todos los supuestos, una gestión cuidadosa de la demanda, de los plazos y de la documentación evita pérdidas de días y facilita la reanudación o el reconocimiento de nuevos periodos de protección.

 

Solicitud de la prestación contributiva: plazos y canales

Plazo para solicitar la prestación contributiva por desempleo

El plazo ordinario es de 15 días hábiles desde el hecho causante, que suele coincidir con el día siguiente a la finalización del contrato o con la fecha en que termina la situación que daba cobertura.

Para no perder días de derecho, conviene inscribirse como demandante de empleo inmediatamente y presentar la solicitud cuanto antes. Si faltara algún documento, la administración te requerirá subsanar en un plazo determinado; responder en tiempo evita denegaciones por documentación incompleta.

Cómo pedir la prestación contributiva por desempleo

Puedes tramitarla por la sede electrónica del SEPE, utilizando certificado digital, DNIe o Cl@ve, lo que permite registrar la solicitud y adjuntar la documentación en línea, y consultar después el estado del expediente.También puedes pedir cita previa y presentarla en una oficina de prestaciones.

En ambos casos, es importante revisar que la demanda de empleo está activa, verificar que los datos personales y bancarios son correctos, y conservar el justificante de registro o resguardo de presentación para acreditar la fecha y los documentos aportados. Tras el registro, conviene comprobar notificaciones y requerimientos, ya que el SEPE puede solicitar aclaraciones o pruebas adicionales antes de dictar resolución.

Documentación para solicitar la prestación contributiva por desempleo

La solicitud exige identificación vigente y los justificantes del cese y de las cotizaciones. En la práctica, se aporta documento de identidad, datos bancarios para el abono, el certificado de empresa que acredita la causa de extinción y las bases de cotización recientes, y, cuando proceda, el contrato y el finiquito. Si existen hijos a cargo o circunstancias familiares que afecten a topes y mínimos, se adjuntan libro de familia o documentos equivalentes y, en su caso, justificantes de convivencia o dependencia económica. Cuando hay periodos a tiempo parcial o situaciones especiales de cotización, es útil añadir informes de vida laboral o certificados complementarios que faciliten el cálculo.

Mantener esta documentación ordenada y actualizada agiliza la tramitación y reduce el riesgo de requerimientos.

 

Compatibilidades, suspensión y extinción

Compatibilidades de la prestación contributiva por desempleo

La prestación contributiva por desempleo puede ser compatible con determinadas situaciones siempre que no se vulnere la normativa y se comuniquen los cambios a tiempo.

La compatibilidad más frecuente es con trabajos a tiempo parcial: en este caso, la cuantía de la prestación se reduce de forma proporcional a la jornada y se mantiene la condición de demandante de empleo.

También es compatible con acciones de orientación y formación vinculadas al itinerario de inserción, así como con determinadas becas de asistencia a cursos cuando no suponen una relación laboral.

En todos los supuestos, la regla práctica es doble: informar de inmediato cualquier alta o variación de jornada y conservar justificantes, ya que el incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en suspensión, extinción o devolución de importes.

 

Duración de la prestación contributiva por desempleo

Tabla de días cotizados y meses de prestación reconocida

Días cotizados

Días de prestación reconocida

Meses orientativos

360–539

120

4

540–719

180

6

720–899

240

8

900–1.079

300

10

1.080–1.259

360

12

1.260–1.439

420

14

1.440–1.619

480

16

1.620–1.799

540

18

1.800–1.979

600

20

1.980–2.159

660

22

≥ 2.160

720

24

Esta escala permite anticipar cuántos meses de prestación contributiva por desempleo corresponden según el historial de cotización acumulado. Recuerda que la tabla muestra valores orientativos y que la duración final reconocida dependerá del cómputo exacto de días cotizados dentro del periodo de referencia.

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Agotamiento, reanudación y conservación del derecho a la prestación

El derecho se agota cuando se consumen los días reconocidos según la escala anterior o cuando concurre una causa legal de extinción.

Si durante la percepción se inicia un trabajo que no da lugar a incompatibilidad total, la prestación puede quedar suspendida y reanudarse al finalizar ese empleo siempre que sigan cumpliéndose los requisitos. Como regla general, si el trabajo realizado mientras la prestación está suspendida dura menos de 360 días, al terminar podrás reactivar la prestación pendiente por el tiempo que reste; si alcanza 360 días o más, podrás optar entre reanudar lo que quedaba o iniciar un nuevo derecho generado por las nuevas cotizaciones, según te resulte más conveniente. La conservación del derecho exige mantener la inscripción como demandante de empleo, renovar en plazo y comunicar cualquier cambio que pueda afectar al reconocimiento o a la cuantía. Cuando se produce el agotamiento definitivo y persiste la situación de desempleo, es habitual valorar el paso al subsidio por desempleo si se cumplen el límite de rentas y, en su caso, las condiciones familiares exigidas.

En todos los supuestos, una gestión cuidadosa de la demanda, de los plazos y de la documentación evita pérdidas de días y facilita la reanudación o el reconocimiento de nuevos periodos de protección.

 

Solicitud de la prestación contributiva: plazos y canales

Plazo para solicitar la prestación contributiva por desempleo

El plazo ordinario es de 15 días hábiles desde el hecho causante, que suele coincidir con el día siguiente a la finalización del contrato o con la fecha en que termina la situación que daba cobertura.

Para no perder días de derecho, conviene inscribirse como demandante de empleo inmediatamente y presentar la solicitud cuanto antes. Si faltara algún documento, la administración te requerirá subsanar en un plazo determinado; responder en tiempo evita denegaciones por documentación incompleta.

Cómo pedir la prestación contributiva por desempleo

Puedes tramitarla por la sede electrónica del SEPE, utilizando certificado digital, DNIe o Cl@ve, lo que permite registrar la solicitud y adjuntar la documentación en línea, y consultar después el estado del expediente.También puedes pedir cita previa y presentarla en una oficina de prestaciones.

En ambos casos, es importante revisar que la demanda de empleo está activa, verificar que los datos personales y bancarios son correctos, y conservar el justificante de registro o resguardo de presentación para acreditar la fecha y los documentos aportados. Tras el registro, conviene comprobar notificaciones y requerimientos, ya que el SEPE puede solicitar aclaraciones o pruebas adicionales antes de dictar resolución.

Documentación para solicitar la prestación contributiva por desempleo

La solicitud exige identificación vigente y los justificantes del cese y de las cotizaciones. En la práctica, se aporta documento de identidad, datos bancarios para el abono, el certificado de empresa que acredita la causa de extinción y las bases de cotización recientes, y, cuando proceda, el contrato y el finiquito. Si existen hijos a cargo o circunstancias familiares que afecten a topes y mínimos, se adjuntan libro de familia o documentos equivalentes y, en su caso, justificantes de convivencia o dependencia económica. Cuando hay periodos a tiempo parcial o situaciones especiales de cotización, es útil añadir informes de vida laboral o certificados complementarios que faciliten el cálculo.

Mantener esta documentación ordenada y actualizada agiliza la tramitación y reduce el riesgo de requerimientos.

 

Compatibilidades, suspensión y extinción

Compatibilidades de la prestación contributiva por desempleo

La prestación contributiva por desempleo puede ser compatible con determinadas situaciones siempre que no se vulnere la normativa y se comuniquen los cambios a tiempo.

La compatibilidad más frecuente es con trabajos a tiempo parcial: en este caso, la cuantía de la prestación se reduce de forma proporcional a la jornada y se mantiene la condición de demandante de empleo.

También es compatible con acciones de orientación y formación vinculadas al itinerario de inserción, así como con determinadas becas de asistencia a cursos cuando no suponen una relación laboral.

En todos los supuestos, la regla práctica es doble: informar de inmediato cualquier alta o variación de jornada y conservar justificantes, ya que el incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en suspensión, extinción o devolución de importes.

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