Resumen :
Qué es el bono social eléctrico y quién puede beneficiarse
El bono social eléctrico es un descuento regulado por el Gobierno que reduce la factura de electricidad de determinados consumidores vulnerables. En 2026, puede solicitarlo una persona física que sea titular del suministro de su vivienda habitual, tenga contratado o contrate el PVPC y disponga de una potencia contratada igual o inferior a 10 kW.
A diferencia de otras formas de buscar ayudas financieras, el acceso al bono social depende de que el consumidor encaje en alguna de las categorías de vulnerabilidad previstas por la normativa.
Consumidor vulnerable
En 2026, puede ser considerado consumidor vulnerable quien cumpla las condiciones generales del suministro y, además, se encuentre en alguno de estos supuestos: su renta anual no supera el límite establecido según su unidad de convivencia; dispone de un título de familia numerosa en vigor; cumple las condiciones previstas para pensionistas con pensiones mínimas de jubilación o incapacidad permanente; o el titular o algún miembro de la unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Los límites de renta pueden aumentar cuando concurren determinadas circunstancias especiales, como una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, dependencia de grado II o III, violencia de género, terrorismo, familia monoparental o electrodependencia. Los umbrales concretos se detallan en la sección de requisitos.
Consumidor vulnerable severo y consumidor en riesgo de exclusión social
El consumidor vulnerable severo cumple los requisitos del bono social, pero presenta un nivel de renta inferior al establecido para el consumidor vulnerable. En los casos sometidos al criterio general de renta, el límite corresponde al 50 % del umbral aplicable al consumidor vulnerable.
Por su parte, un consumidor en riesgo de exclusión social debe ser vulnerable severo y estar atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que financie al menos el 50 % de su factura calculada conforme al PVPC. En este supuesto, no debe abonar la factura eléctrica y el suministro no puede ser interrumpido por impago.
Requisitos para solicitar el bono social eléctrico
Límites de renta y unidad de convivencia
En 2026, el límite general para una persona sola es de 12.600 € anuales, equivalente a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Si existe unidad de convivencia, se añaden 2.520 € por cada adulto adicional y 4.200 € por cada menor. Para ser consumidor vulnerable severo, la renta debe ser igual o inferior al 50 % del límite que corresponda.
| Situación | Límite de renta en 2026 |
|---|---|
| Persona sola | 12.600 €/año |
| Por cada adulto adicional | +2.520 €/año |
| Por cada menor | +4.200 €/año |
| Consumidor vulnerable severo | 50 % del límite aplicable |
La unidad de convivencia incluye a las personas que residen en el mismo domicilio y están unidas por matrimonio, pareja de hecho, parentesco hasta segundo grado, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. Las personas empadronadas en la vivienda que no formen parte de esta unidad no se computan para comprobar los requisitos.
Familias numerosas, pensionistas y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital
Las familias numerosas con título en vigor son consideradas consumidoras vulnerables sin comprobación de renta. Para obtener la condición de vulnerable severo, su renta anual debe ser igual o inferior a 16.800 €.
También pueden acceder los hogares en los que el titular y todos los miembros de la unidad de convivencia con ingresos sean pensionistas de jubilación o incapacidad permanente de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima correspondiente y no obtengan otros ingresos superiores a 500 € anuales en conjunto. Para ser vulnerables severos por esta vía, la renta debe ser igual o inferior a 8.400 € anuales.
Si el titular del suministro o algún miembro de la unidad de convivencia percibe el Ingreso Mínimo Vital (IMV), puede acceder como consumidor vulnerable sin comprobación del nivel de renta; para la categoría de vulnerable severo se aplican los límites generales de renta.
Circunstancias especiales: discapacidad y otros supuestos
Los límites de renta aumentan en 8.400 € —1 vez el IPREM de 14 pagas— cuando el titular o algún miembro de la unidad de convivencia presenta alguna de las circunstancias especiales reconocidas: discapacidad igual o superior al 33 %, dependencia de grado II o III, condición de víctima de violencia de género o terrorismo, familia monoparental o electrodependencia.
Estas circunstancias deben acreditarse mediante el certificado o documento correspondiente expedido por el organismo o los servicios sociales competentes.
Requisitos del suministro: PVPC y comercializadora de referencia
Además de cumplir los requisitos personales, familiares o económicos, el solicitante debe ser titular del contrato de electricidad de su vivienda habitual, tener una potencia contratada igual o inferior a 10 kW y estar acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
El PVPC solo puede contratarse con una comercializadora de referencia. Si el solicitante está en el mercado libre, no necesita realizar el cambio previamente: la propia solicitud del bono social puede incluir la aceptación del cambio al PVPC con la comercializadora de referencia.
Qué descuento aplica el bono social eléctrico
Porcentaje de descuento según el tipo de consumidor
En 2026, el bono social eléctrico aplica de forma excepcional un descuento del 42,5 % sobre el PVPC para el consumidor vulnerable y del 57,5 % para el consumidor vulnerable severo. Estos porcentajes están vigentes del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026.
| Tipo de consumidor | Descuento en 2026 |
|---|---|
| Consumidor vulnerable | 42,5 % |
| Consumidor vulnerable severo | 57,5 % |
El descuento se aplica íntegramente sobre el término de potencia del PVPC. En cambio, sobre el término de energía de la factura eléctrica existe un límite máximo de consumo con derecho al descuento.
En el caso de un consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social, atendido por los servicios sociales en las condiciones previstas por la normativa, el consumidor no debe pagar su factura eléctrica.
Límites de consumo a los que se aplica el descuento
El límite de energía depende de la composición del hogar. En 2026 se mantienen los siguientes máximos:
| Categoría | Límite anual | Límite mensual |
|---|---|---|
| Persona sola o unidad de convivencia de 2 personas | 1.587 kWh | 132 kWh |
| Unidad de 3 personas, pensionistas de cuantía mínima o unidad con un menor | 2.222 kWh | 185 kWh |
| Unidad de 4 personas o unidad de 3 personas con 2 menores | 2.698 kWh | 224 kWh |
| Unidad de 5 o más personas, unidad de 4 personas con 3 menores o familia numerosa | 4.761 kWh | 396 kWh |
Si el consumo supera el límite correspondiente, la electricidad que exceda ese máximo se factura al precio del PVPC sin el descuento del bono social. La energía con derecho al descuento que no se consuma puede acumularse para los periodos de facturación posteriores dentro de los doce meses siguientes. Si al hogar pueden aplicarse varios límites, se utiliza el más favorable para el consumidor vulnerable.
Cómo solicitar el bono social eléctrico
Dónde presentar la solicitud y formulario del bono social
En 2026, el bono social eléctrico se solicita directamente a una comercializadora de referencia (COR), no al Ministerio ni a la distribuidora eléctrica. El formulario de solicitud está disponible en la web y, cuando existan, en las oficinas de atención al consumidor de cada COR.
La solicitud puede presentarse por los medios habilitados por cada comercializadora: correo electrónico, correo postal, teléfono, fax u oficina presencial. Si el consumidor está en el mercado libre, puede dirigirse igualmente a una COR; el cambio al PVPC necesario para acceder al bono social se tramita de forma gratuita si mantiene la misma potencia contratada.
Una vez presentada la solicitud completa, la comercializadora dispone de 10 días hábiles para comunicar si se cumplen los requisitos. Si se concede, el derecho al descuento comienza desde el primer día del periodo de facturación en el que se recibió la solicitud completa.
Para conseguir ayudas financieras como esta, es importante presentar desde el inicio toda la documentación exigida: si falta algún documento, la COR dispone de un máximo de 15 días hábiles para comunicarlo al solicitante.
Documentación necesaria para pedir el bono social
La documentación general exigida en 2026 comprende:
formulario de solicitud del bono social cumplimentado;
copia del NIF o NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia cuando corresponda;
certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia;
documentación del Registro Civil, libro de familia u otros documentos que acrediten la composición y relaciones de la unidad de convivencia.
Además, según la situación, deberá aportarse el título de familia numerosa, la documentación que acredite la condición de beneficiario del IMV cuando no pueda comprobarse automáticamente o los documentos específicos correspondientes a situaciones como monoparentalidad o electrodependencia. Las circunstancias especiales de discapacidad igual o superior al 33 %, dependencia de grado II o III, violencia de género o terrorismo se acreditan mediante el certificado emitido por los servicios sociales u organismo competente previsto para cada supuesto.
Cuándo y cómo renovar el bono social eléctrico
En 2026, el bono social eléctrico tiene una duración general de dos años y su renovación es automática si se siguen cumpliendo los requisitos. Dos meses antes del vencimiento, la comercializadora de referencia comprueba de nuevo la situación del beneficiario. Si mantiene el derecho y dispone de la autorización del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de 14 años con capacidad para obrar, el bono se renueva por otros dos años.
Las familias numerosas siguen un régimen diferente: el bono social permanece vigente mientras lo esté el título de familia numerosa. Cuando este caduca, debe presentarse una nueva solicitud con toda la documentación requerida.
Si durante la vigencia del bono cambia alguna circunstancia que afecte al cumplimiento de los requisitos, el titular debe comunicarlo a la comercializadora de referencia en el plazo máximo de un mes desde que se produzca el cambio.
Qué es el bono social térmico y qué relación tiene con el bono social eléctrico
El Bono Social Térmico es una ayuda económica anual destinada a compensar los gastos de calefacción, agua caliente sanitaria o cocina de los hogares vulnerables, independientemente de la fuente de energía utilizada.
En 2026, son beneficiarias las personas que tenían reconocido el bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2025. No es necesario presentar una solicitud específica: la concesión es directa y la gestión y el pago corresponden a las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía.
La cuantía no es igual para todos los hogares. Se determina principalmente según la zona climática de la vivienda y el grado de vulnerabilidad. En 2026, la ayuda mínima por beneficiario es de 50 €. Para un consumidor vulnerable severo o en riesgo de exclusión social, el importe correspondiente es un 60 % superior al asignado a un consumidor vulnerable de la misma zona climática.
A diferencia del descuento eléctrico, esta ayuda se abona como una prestación económica y es compatible con otras subvenciones o ayudas destinadas a la misma finalidad.
