Umbrales de renta de las becas MEC 2025-2026: límites oficiales y qué beca puedes obtener

Los umbrales de renta de las becas MEC para el curso 2025-2026 determinan qué cuantía puede obtener el estudiante según el número de miembros computables de la unidad familiar y la renta familiar declarada. Si no se supera el umbral 1, se puede acceder a la cuantía fija ligada a la renta de 1.700 euros, a la cuantía fija ligada a la residencia de 2.700 euros y a la cuantía variable; en el umbral 3, la ayuda se limita a la beca básica de 300 euros y, en universidad pública, a la beca de matrícula. En este artículo encontrarás la tabla oficial de los umbrales de renta, los requisitos económicos y académicos exigidos y cómo influyen los créditos matriculados y el rendimiento académico en la cuantía de la beca.

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Publicado en 19 febrero 2026 , por Virginia Lou

Tiempo de lectura  : 3 minutos

Resumen :

Umbrales de renta MEC 2025-2026: tabla oficial según miembros de la unidad familiar

Para el curso 2025-2026, los umbrales de renta de las becas MEC están regulados por el Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, aprobado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Esta normativa oficial establece tres umbrales de renta —umbral 1, umbral 2 y umbral 3— que determinan el derecho a beca según la renta familiar y el número de miembros computables de la unidad familiar.

La renta que se tiene en cuenta es la correspondiente al ejercicio fiscal 2024, según los datos fiscales utilizados en la convocatoria oficial del curso 2025-2026.

A continuación, se recoge la tabla oficial de los umbrales de renta en euros anuales:

Miembros computables de la unidad familiar

Umbral 1 (€)

Umbral 2 (€)

Umbral 3 (€)

1 miembro

9.314

13.898

15.567

2 miembros

13.898

23.724

24.089

3 miembros

18.296

32.201

34.370

4 miembros

22.594

38.242

40.708

5 miembros

26.801

42.743

43.945

6 miembros

30.912

46.313

47.146

7 miembros

34.917

49.832

50.267

8 miembros

38.818

53.314

53.665

Por cada miembro computable adicional a partir del octavo, el límite del umbral 1 se incrementa en 3.900 euros, el del umbral 2 en 3.600 euros y el del umbral 3 en 3.500 euros.

Estos umbrales de renta son aplicables, con carácter general, a enseñanzas universitarias de grado y máster, bachillerato, ciclos formativos de grado medio y superior, enseñanzas artísticas superiores y demás estudios postobligatorios incluidos en la convocatoria de becas MEC del curso 2025-2026.

Superar el umbral 3 implica, en términos generales, no cumplir los requisitos económicos para acceder a la beca MEC, salvo supuestos específicos previstos en la normativa, como determinadas ayudas dirigidas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. En cambio, situarse en el umbral 1 o 2 permite acceder a distintos tipos de cuantía de la beca, siempre que se cumplan también los requisitos académicos y el número de créditos matriculados exigidos en la convocatoria oficial.

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Qué beca corresponde según el umbral: Umbral 1, Umbral 2 y Umbral 3

La beca MEC, integrada en el sistema público de becas de estudios en España, que puede obtener la persona solicitante depende directamente del umbral de renta en el que se sitúe su unidad familiar. Según el Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, los umbrales de renta determinan el derecho a determinadas cuantías de la beca, siempre que se cumplan además los requisitos académicos y el número mínimo de créditos matriculados en enseñanzas universitarias o postobligatorias.

De forma general, cuanto más bajo es el umbral de renta familiar, mayor es la cuantía de la beca a la que podrá acceder el estudiante. A continuación se detalla qué incluye la beca en cada umbral y qué sucede si se supera el umbral 3.

 

Qué incluye la beca en cada umbral: beca básica, cuantías fijas y cuantía variable

  • Umbral 1

Si la renta familiar no supera el umbral 1, la persona solicitante podrá obtener, en función de los requisitos académicos y del tipo de estudio, las siguientes ayudas:

  • Beca básica: 300 euros. En el caso de ciclos formativos de grado básico, la cuantía asciende a 350 euros.
  • Cuantía fija ligada a la renta: 1.700 euros.
  • Cuantía fija ligada a la residencia durante el curso académico: 2.700 euros, cuando el estudiante deba residir fuera del domicilio familiar habitual por razón de estudios.
  • Cuantía variable: importe mínimo de 60 euros, cuyo cálculo definitivo depende de la renta familiar y del rendimiento académico, según la fórmula oficial establecida en la convocatoria del curso 2025-2026.

En el umbral 1 se puede acceder al conjunto completo de cuantías previstas en la normativa, incluida la cuantía variable máxima que corresponda según la evaluación de necesidades económicas y académicas del sistema.

  • Umbral 2

Si la renta familiar supera el umbral 1 pero no supera el umbral 2, el estudiante podrá obtener:

  • Beca básica: 300 euros o 350 euros en grado básico.
  • Cuantía fija ligada a la residencia: 2.700 euros, si cumple los requisitos de desplazamiento.
  • Cuantía variable: con un mínimo de 60 euros, calculada según los ingresos y la nota media.

En este umbral no se concede la cuantía fija ligada a la renta de 1.700 euros. La diferencia principal respecto al umbral 1 es la exclusión de esa ayuda específica ligada a la renta.

  • Umbral 3

Si la renta familiar supera el umbral 2 pero no supera el umbral 3, el estudiante únicamente podrá obtener:

  • Beca básica: 300 euros o 350 euros en grado básico.

En enseñanzas universitarias, si cumple todos los requisitos académicos, también podrá obtener la beca de matrícula, que cubre el importe de los créditos matriculados por primera vez en universidades públicas españolas. Esta ayuda no supone una transferencia directa en euros al estudiante, sino la exención del pago del precio público de matrícula.

En el umbral 3 no se concede ni cuantía fija ligada a la renta, ni cuantía ligada a la residencia, ni cuantía variable.

La concesión definitiva en todos los casos depende de cumplir los requisitos económicos y académicos, como matricularte de 60 créditos en estudios universitarios de grado, o el número mínimo establecido en la convocatoria para máster, bachillerato o ciclos formativos de grado medio y superior.

 

Qué pasa si superas el umbral: cuándo no hay beca y excepciones habituales

Si la renta familiar supera el umbral 3 fijado para el curso 2025-2026, con carácter general no existe derecho a beca MEC por motivos económicos. La persona solicitante queda excluida de las cuantías previstas en la convocatoria, incluso aunque cumpla los requisitos académicos de rendimiento.

No obstante, la normativa recoge determinadas situaciones específicas en las que pueden concederse ayudas distintas, como las dirigidas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Estas ayudas se rigen por criterios propios y no aplican estrictamente los mismos umbrales de renta que las becas de carácter general.

Además, el patrimonio familiar puede influir en la concesión. Aunque la renta no supere el umbral correspondiente, si los valores catastrales de bienes inmuebles urbanos, fincas rústicas, construcciones o rendimientos patrimoniales superan los límites establecidos en el decreto oficial, la solicitud podrá ser denegada por superar los límites patrimoniales.

Por tanto, superar el umbral 3 implica, en términos generales, no acceder a la beca MEC del curso 2025-2026, salvo supuestos específicos regulados en la normativa vigente.

Estas becas MEC pueden ser compatibles con otras ayudas públicas dirigidas a jóvenes y estudiantes, como determinadas ayudas autonómicas, Bono Cultural Joven o programas como la Garantía Juvenil, siempre que se cumplan los requisitos específicos de cada convocatoria.

 

Cómo calcular la renta familiar para las becas MEC: unidad familiar, miembros computables e ingresos

La renta familiar que se utiliza para determinar el umbral en las becas MEC del curso 2025-2026 se calcula conforme a lo establecido en el Real Decreto 163/2025, de marzo, y en la convocatoria oficial publicada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. No se trata únicamente de sumar los ingresos declarados por la persona solicitante, sino de aplicar una definición legal precisa de unidad familiar y de miembros computables, así como de integrar determinados ajustes económicos y límites patrimoniales.

Si tienes dudas tras aplicar estos criterios, puedes utilizar un simulador de becas MEC para introducir tu renta familiar, el número de miembros computables y tu situación académica, y comprobar de forma orientativa si cumples los requisitos económicos del curso 2025-2026 antes de presentar la solicitud oficial.

Qué se considera unidad familiar y quién cuenta como miembro computable

A efectos de la beca MEC, la unidad familiar es el conjunto de personas que conviven en el domicilio familiar habitual y que están unidas por vínculo matrimonial, pareja de hecho inscrita o relación de parentesco directo, según la normativa vigente en 2026.

Con carácter general, forman parte de la unidad familiar:

  • El padre y la madre o tutores legales, aunque estén separados legalmente si conviven.
  • El solicitante de la beca.
  • Hermanos y hermanas solteros menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre del año fiscal de referencia.
  • Hermanos mayores de 25 años con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, siempre que convivan en el domicilio familiar.

En caso de divorcio o separación legal, se considera unidad familiar la formada por el progenitor custodio y los hijos que convivan con él. Si existe custodia compartida, se aplican los criterios específicos recogidos en la convocatoria del curso 2025-2026.

Si el estudiante acredita independencia económica y familiar, deberá justificar documentalmente ingresos propios suficientes y domicilio distinto del familiar habitual durante el año fiscal anterior. En ausencia de esta acreditación, seguirá computando dentro de la unidad familiar de origen.

Cada miembro computable influye directamente en el umbral de renta aplicable, ya que los umbrales de renta aumentan en función del número de miembros de la familia.

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Qué ingresos se tienen en cuenta y qué ajustes o deducciones suelen aplicarse

La renta familiar se obtiene a partir de la suma de los ingresos de todos los miembros computables correspondientes al ejercicio fiscal 2024, que es el año de referencia para el curso 2025-2026.

Se integran, entre otros:

  • Rendimientos del trabajo por cuenta ajena.
  • Rendimientos de actividades económicas o profesionales.
  • Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario.
  • Ganancias patrimoniales.

La suma de estos ingresos constituye la renta familiar obtenida, según los datos fiscales oficiales. A partir de esa base se aplican, si corresponde, determinadas deducciones o minoraciones previstas en la normativa, como:

  • Deducciones por familia numerosa.
  • Deducciones por discapacidad de algún miembro computable.
  • Deducciones por hermanos universitarios fuera del domicilio familiar durante el curso académico.

Además de la renta, se evalúa el patrimonio familiar. La concesión puede quedar excluida si se superan los límites patrimoniales establecidos en el decreto, incluso aunque la renta no supere el umbral correspondiente. Se tienen en cuenta:

  • El valor catastral de bienes inmuebles urbanos distintos de la vivienda habitual.
  • El valor catastral de fincas rústicas.
  • Rendimientos del capital mobiliario superiores a los límites fijados en la convocatoria.
  • Ingresos procedentes de actividades económicas que superen los coeficientes establecidos legalmente.

La administración cruza automáticamente los datos fiscales con la información patrimonial disponible, por lo que la persona solicitante debe verificar que toda la documentación económica esté correctamente declarada antes del cierre de solicitudes.

El cálculo de la renta familiar es, por tanto, una operación jurídica y económica precisa que combina la suma de ingresos, la aplicación de deducciones legales y la comprobación de límites patrimoniales. Solo tras esta evaluación se determina si la unidad familiar se sitúa por debajo o por encima del umbral de renta aplicable a la beca MEC del curso 2025-2026.

 

Patrimonio familiar y becas MEC: límites y criterios que pueden excluir aunque la renta cumpla

Aunque la renta familiar no supere el umbral de renta correspondiente en el curso 2025-2026, la beca MEC puede ser denegada si se superan los límites de patrimonio familiar establecidos en el Real Decreto 163/2025, de marzo, y en la convocatoria oficial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. El análisis patrimonial es obligatorio y complementa la evaluación de los requisitos económicos basados en ingresos.

La normativa distingue varios tipos de bienes y rendimientos patrimoniales que pueden determinar la exclusión de la persona solicitante, incluso cuando la renta familiar se sitúa por debajo de los umbrales de renta.

Bienes inmuebles urbanos

Se tiene en cuenta el valor catastral de los inmuebles urbanos distintos de la vivienda habitual de la unidad familiar. Si la suma de los valores catastrales supera el límite fijado en la convocatoria del curso 2025-2026, la solicitud queda excluida por superar los límites patrimoniales.

Para el curso 2025-2026, el límite general de valor catastral de inmuebles urbanos distintos de la vivienda habitual es de 42.900 euros. Este valor se refiere a la suma de los bienes urbanos propiedad de los miembros computables de la unidad familiar.

Fincas rústicas

En el caso de fincas rústicas, se tiene en cuenta el valor catastral sin incluir construcciones. El límite establecido para el curso 2025-2026 es de 13.130 euros por cada miembro computable de la unidad familiar. Si el valor supera ese importe multiplicado por el número de miembros, la persona solicitante queda excluida por patrimonio.

Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales

La convocatoria fija también un límite para los rendimientos netos del capital mobiliario y las ganancias patrimoniales. Para el curso 2025-2026, el límite conjunto es de 1.700 euros anuales. Si se supera este importe, no se concede la beca MEC, con carácter general.

Actividades económicas

Cuando existen actividades económicas declaradas por algún miembro computable, se analiza el volumen de facturación y los coeficientes establecidos en la normativa. Si los ingresos procedentes de actividades económicas superan los límites fijados oficialmente, la solicitud puede ser denegada por superar el patrimonio económico permitido, aunque la renta familiar ajustada esté dentro del umbral correspondiente.

Excepciones y particularidades

La vivienda habitual no computa como elemento excluyente, salvo en situaciones específicas reguladas en la norma. Tampoco se consideran como patrimonio excluyente determinados bienes afectados a actividades económicas en los términos previstos en el decreto.

El análisis patrimonial se realiza con los datos fiscales oficiales correspondientes al ejercicio 2024, año de referencia para el curso 2025-2026. La administración cruza automáticamente la información económica declarada por todos los miembros computables.

En consecuencia, cumplir los requisitos de renta no garantiza automáticamente el derecho a beca. Es imprescindible que la unidad familiar no supere simultáneamente los límites patrimoniales establecidos, ya que el sistema de concesión combina renta e indicadores patrimoniales en la evaluación final de la ayuda.

 

Requisitos académicos que influyen en la beca

Además de los umbrales de renta y de los requisitos económicos ya analizados, la concesión de la beca MEC en el curso 2025-2026 depende de requisitos académicos obligatorios. Estos requisitos varían según el tipo de enseñanza —universidad, máster, bachillerato, ciclos formativos de grado medio o superior— y afectan tanto al derecho a la beca como a la cuantía de la ayuda que podrá obtener el estudiante.

Número mínimo de créditos matriculados

En enseñanzas universitarias de grado, el requisito general para acceder a la beca completa es matricularte de 60 créditos en el curso académico 2025-2026. Esta matrícula debe corresponder a un curso completo en una universidad pública o en un centro adscrito.

Si el estudiante se matricula de entre 30 y 59 créditos, podrá acceder únicamente a la beca de matrícula y a la cuantía variable mínima de 60 euros, siempre que cumpla el resto de requisitos académicos y económicos. En este caso no se concede la cuantía fija ligada a la renta ni la cuantía fija ligada a la residencia.

En estudios de máster universitario oficial, el número mínimo de créditos exigido es el establecido como matrícula completa por la institución educativa correspondiente. En ciclos formativos de grado medio y superior, bachillerato y otras enseñanzas postobligatorias, se exige matrícula completa según la organización académica del centro.

No se concede beca cuando el estudiante esté matriculado de un número de créditos inferior al mínimo legal establecido en la convocatoria.

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Rendimiento académico exigido según estudios

El rendimiento académico del curso anterior influye directamente en la concesión de la beca MEC del curso 2025-2026. La normativa exige haber superado un porcentaje mínimo de créditos o asignaturas en función del tipo de estudios.

En grados universitarios de la rama de Artes y Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias o Ciencias de la Salud, el estudiante deberá haber aprobado al menos el 90 % de los créditos matriculados en el curso anterior para acceder a todas las cuantías. En el caso de Ingeniería y Arquitectura, el porcentaje mínimo exigido es del 65 %.

Si no se alcanza ese porcentaje, puede mantenerse el derecho a la beca de matrícula en determinadas condiciones, pero se pierde el acceso a las cuantías fijas y a la cuantía variable.

En bachillerato y ciclos formativos, es obligatorio haber aprobado todas las asignaturas del curso anterior para renovar la beca, salvo supuestos específicos regulados en la convocatoria.

El incumplimiento de estos requisitos académicos supone la denegación de la concesión, aunque la renta familiar no supere el umbral correspondiente.

Nota media y excelencia académica

La nota media tiene un impacto directo en el cálculo de la cuantía variable. La cuantía variable se determina en función de dos factores: la renta familiar y el rendimiento académico, incluyendo la nota media obtenida en el curso anterior.

Cuanto mayor sea la nota media del estudiante, mayor será la cuantía variable que podrá obtener, dentro del sistema de reparto establecido oficialmente para el curso 2025-2026.

En determinados estudios, como el acceso a la universidad o el primer curso de grado, se exige una nota mínima de 5,00 puntos para poder acceder a la beca de matrícula. En el caso de máster no habilitante, la nota media exigida para obtener beca es de 6,50 puntos.

La excelencia en el rendimiento académico no constituye una ayuda independiente, pero sí influye en la distribución de la cuantía variable. Por tanto, los estudiantes con mejor expediente académico dentro del mismo umbral de renta podrán obtener un importe superior dentro del límite global establecido por la normativa.

El cumplimiento simultáneo del número mínimo de créditos, del rendimiento académico exigido y de la nota media mínima es imprescindible para consolidar el derecho a la beca MEC en el curso 2025-2026.

 

Novedades de las becas MEC 2025-2026 que afectan a umbrales y cuantías

Para el curso 2025-2026, las principales novedades de las becas MEC se recogen en el Real Decreto 163/2025, aprobado en marzo, y en la convocatoria oficial publicada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. Estas modificaciones afectan directamente a los umbrales de renta, a las cuantías de la beca y al sistema de cálculo de determinadas ayudas.

Incremento de la cuantía fija ligada a la residencia

La cuantía fija ligada a la residencia aumenta hasta 2.700 euros en el curso 2025-2026. Esta ayuda está destinada a estudiantes que deban residir fuera del domicilio familiar habitual durante el curso académico por razón de estudios en universidad, máster, bachillerato o ciclos formativos de grado medio y superior.

Este incremento refuerza el apoyo económico para cubrir parte de los costos de vivienda y desplazamiento, especialmente en enseñanzas universitarias presenciales.

Actualización de los umbrales de renta

Los umbrales de renta se actualizan conforme a la nueva normativa publicada en marzo. Los límites económicos para cada miembro computable de la unidad familiar han sido revisados, manteniendo la estructura de tres umbrales, pero adaptando las cantidades oficiales en euros al contexto económico vigente en 2026.

La actualización de los umbrales de renta es relevante porque determina qué tipo de beca puede obtener el estudiante y qué cuantía corresponde en función de la renta familiar.

Refuerzo del sistema de cuantía variable

La cuantía variable mantiene un importe mínimo de 60 euros, pero el sistema de cálculo de la cuantía continúa ponderando dos factores: la renta familiar y el rendimiento académico. En el curso 2025-2026 se consolida el modelo que prioriza a los estudiantes con menor renta y mayor nota media, reforzando el principio de equidad en la concesión.

La distribución de esta cuantía se realiza una vez cerrado el plazo de solicitudes y tras la evaluación definitiva de todas las solicitudes admitidas.

Extensión de la beca de matrícula en enseñanzas universitarias

En enseñanzas universitarias de grado y máster habilitante en universidades públicas, la beca de matrícula cubre el importe íntegro de los créditos matriculados por primera vez. Esta medida continúa en vigor para el curso 2025-2026 y garantiza que los estudiantes que cumplan los requisitos económicos y académicos no asuman el precio público de matrícula.

Reconocimiento del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo

Se mantienen y consolidan las ayudas dirigidas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, con criterios propios de evaluación económica y académica. Estas ayudas forman parte del sistema general de becas y ayudas, aunque aplican requisitos específicos distintos de las becas de carácter general.

Importancia de consultar la convocatoria oficial

Las novedades introducidas para el curso 2025-2026 afectan directamente al derecho a la beca y al cálculo de la cuantía. Es importante consultar la convocatoria oficial publicada cada año en la web del Ministerio, ya que establece las cantidades exactas, los requisitos académicos y económicos actualizados y los plazos de solicitud aplicables a cada tipo de estudio.

 

Plazos y solicitud de la beca MEC: fechas clave y tramitación online para no perderla

Para el curso 2025-2026, la solicitud de la beca MEC debe realizarse dentro del plazo oficial establecido en la convocatoria publicada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. El cumplimiento de los plazos es un requisito imprescindible: presentar la solicitud fuera de plazo supone la exclusión automática del procedimiento, aunque se cumplan los requisitos económicos y académicos.

En la convocatoria del curso 2025-2026, el plazo general de solicitud para enseñanzas universitarias y estudios postobligatorios se abrió en marzo de 2025 y finalizó en mayo de 2025. Las fechas exactas fueron fijadas en la resolución oficial publicada en la web del ministerio. No se admiten solicitudes fuera del periodo indicado, salvo supuestos excepcionales expresamente previstos en la normativa.

La tramitación se realiza exclusivamente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio. La persona solicitante debe:

  • Registrarse en la plataforma oficial si no dispone de usuario previo.
  • Completar el formulario online con los datos personales, académicos y económicos.
  • Indicar el tipo de estudio, el centro educativo y el número de créditos en los que prevé matricularte.
  • Autorizar la consulta de datos fiscales para la verificación de la renta familiar y del patrimonio.

No es necesario aportar documentación económica en el momento inicial si se autoriza el cruce automático de datos. No obstante, la administración podrá requerir documentación adicional si detecta discrepancias en la información obtenida.

Una vez presentada la solicitud dentro del plazo, el estado puede consultarse en la web oficial mediante el sistema de identificación electrónica. La resolución provisional se publica tras la evaluación de los requisitos económicos y académicos. Posteriormente se abre un plazo de alegaciones en caso de denegación o discrepancia en la cuantía asignada.

El abono de las cuantías fijas se realiza una vez dictada la resolución definitiva de concesión. La cuantía variable se asigna en una fase posterior, cuando se ha cerrado el conjunto de solicitudes y se ha realizado el cálculo definitivo conforme a la fórmula establecida en la convocatoria del curso 2025-2026.

Es importante consultar cada año la convocatoria oficial y respetar el calendario publicado, ya que el cierre de solicitudes no admite ampliaciones ordinarias y condiciona el derecho a la beca MEC.

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